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Modelo 130: cuándo y cómo presentarlo

Por Equipo editorial · 2026-06-20

En resumen: El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF de los autónomos en estimación directa: cada trimestre adelantas el 20% del beneficio acumulado del año (ingresos − gastos), restando retenciones y pagos previos. Los profesionales cuyos ingresos lleven retención en más del 70% no están obligados a presentarlo.

El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF de los autónomos en estimación directa: un adelanto trimestral de lo que pagarás en la Renta. Te explicamos cuándo presentarlo, cómo se calcula y quién no tiene que hacerlo. Practica con tus números en el simulador del modelo 130.

Cómo se calcula

Es acumulativo: en cada trimestre tomas los ingresos y gastos desde el 1 de enero.

CasillaQué va aquí
01Ingresos acumulados de la actividad (no el salario).
02Gastos deducibles acumulados.
03Rendimiento (01 − 02).
0420% del rendimiento.
05Retenciones soportadas acumuladas.
07Pagos fraccionados de trimestres anteriores.
08A ingresar este trimestre (mínimo 0).

Fuente: AEAT — modelo 130. Datos a junio de 2026.

Quién NO presenta el 130

Si eres profesional y más del 70% de tus ingresos ya llevan retención en factura, no estás obligado a presentar el 130. Tampoco lo presentan quienes tributan solo en módulos (usan el 131). En la guía del IRPF explicamos las tres vías por las que se paga el IRPF.

Cuándo se presenta

Trimestralmente: del 1 al 20 de abril (1T), julio (2T) y octubre (3T), y del 1 al 30 de enero (4T). Fechas exactas en el calendario fiscal 2026.

Si tienes pluriactividad

El salario no va en el 130: solo tu actividad económica. Ambos se suman luego en la Renta. Lo detallamos en la guía de pluriactividad.

Aviso (YMYL): información orientativa, no asesoramiento fiscal. Verifica en la AEAT o con un gestor colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 130?

Es el pago fraccionado del IRPF de los autónomos en estimación directa. Cada trimestre adelantas el 20% de tu beneficio acumulado del año (ingresos − gastos acumulados), descontando retenciones y los pagos de trimestres anteriores. La Renta anual lo regulariza.

¿Quién no está obligado a presentar el 130?

Los profesionales (sección 2ª) cuyos ingresos lleven retención en más del 70% no están obligados. Tampoco lo presentan quienes tributan en estimación objetiva (módulos), que usan el modelo 131.

¿Es acumulativo?

Sí. En cada trimestre pones los ingresos y gastos acumulados desde el 1 de enero, calculas el 20% y restas las retenciones y los pagos fraccionados anteriores. Por eso la casilla 07 (pagos previos) es clave.

¿Va el salario en el modelo 130 si tengo pluriactividad?

No. En el 130 solo entran los ingresos y gastos de tu actividad económica como autónomo. El salario del trabajo por cuenta ajena se declara aparte y ambos se suman después en la Renta.

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Última actualización: 2026-06-20